Inicio > Noticias > Diario > La AUC presentó un dictamen en la UE para la regulación de los contenidos producidos por influencers

Somos líderes en información de Medios de Comunicación

La AUC presentó un dictamen en la UE para la regulación de los contenidos producidos por influencers

Bernardo Hernández, secretario general de AUC presentó el Dictamen exploratorio: “La publicidad a través de influencers y su impacto en las personas consumidoras” a instancias del Ministerio de Consumo español con motivo de la presidencia española del Consejo de la Unión Europea durante este semestre.

18 ago 2023 l Leída 1.116 veces l 2 min l Compartir noticia
La AUC presentó un dictamen en la UE para la regulación de los contenidos producidos por influencers

©Alexandra_Koch. Pixabay


El Comité Económico y Social Europeo (CESE) publica un dictamen para garantizar un tratamiento armonizado de los contenidos que publican influencers en la UE. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera necesario intervenir para garantizar un tratamiento armonizado para las actividades «específicas» de los creadores de contenido o influencers en la UE con obligaciones igualmente específicas para los administradores de las plataformas y redes sociales en las que operan, y para los creadores de contenido o influencers  ya sean o no residentes en la UE. 
A través de este dictamen, el CESE pone de relieve la necesidad de una armonización normativa de los influencers en el marco de la UE.
El dictamen alerta que no existe a nivel europeo una regulación específica de la figura de los influencers, aunque su actividad quede encuadrada tanto en la normativa de prácticas comerciales como en la audiovisual, y ante la actual corriente regulatoria nacional por parte de los diferentes estados miembros, señala la conveniencia de una simetría legal en el mercado único.
El dictamen del CESE hace una llamada a nivel europeo para garantizar, los siguientes asuntos:
Protección proactiva a los usuarios menores de edad ante contenidos perjudiciales como: alcohol y bebidas energéticas; juegos de azar y apuestas; pornografía, tabaco; cirugía estética; etc. En todo caso, dichos contenidos deberán identificarse como “prohibido a menores de 18 años”, obligar a la verificación de edad y permitir el uso del control parental.
Identificación explícita de la intencionalidad comercial identificando “publicidad” o “patrocinado por” y evitando la publicidad encubiertas.
Advertir cuando se trate imágenes retocadas, creadas por inteligencia artificial o el uso de influencers virtuales.
Considerar estos incumplimientos como infracción por parte de los influencers, sin menoscabo de la responsabilidad solidaria por parte de anunciantes y de plataformas y redes sociales.
El CESE insta a prestar especial atención al uso de patrones oscuros, al uso indebido o denigratorio de las marcas, a la promoción de productos financieros no autorizados, a los robos de identidad o falsos influencers que se aprovechan de la imagen de personas famosas sin su conocimiento y sobre todo, a las inversiones fraudulentas y criptomonedas.

[1] https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/opinions-information-reports/opinions/advertising-through-influencers-and-its-impact-consumers
 
x