El Alto Tribunal establece que el ex ministro de Fomento era un personaje "público y político" cuando se emitió un reportaje de sus vacaciones familiares en Lanzarote.
15 oct 2009 l Leída 2.412 veces l 2 min l Compartir noticiaEl Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el ex dirigente del PP Francisco Álvarez-Cascos contra la sentencia que absolvió a Telecinco por la emisión de un reportaje de su familia durante unas vacaciones en Lanzarote, ya que recuerda que era un personaje "público y político" que se hallaba en lugares públicos.
Según informa la cadena en su página web, el ex ministro de Fomento considera que la grabación y emisión de imágenes de su pareja, María Porto, e hijos en el programa Día a día, en enero de 2004, cuando entraban en un hotel, mientras estaban en la piscina, en la playa y comiendo en un restaurante, vulneran los derechos a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio.
Un Juzgado de Madrid le dio en parte la razón en diciembre de 2004 y condenó a Gestevisión Telecinco y a la productora Europroducciones al pago de 120.000 euros, absolvió a la presentadora María Teresa Campos y ordenó la destrucción del reportaje por intromisión ilegítima en su intimidad personal y familiar.
Posteriormente, la Audiencia de Madrid anuló esta sentencia y rechazó en su integridad la demanda de Álvarez-Cascos, condenándole al pago de las costas del proceso, lo que ahora confirma el Supremo.
El Alto Tribunal señala que el entonces ministro era "un personaje público y político, que se hallaba en lugares públicos". Respecto a los hijos del ex dirigente y de su pareja, tampoco considera que se produjera ninguna ilegalidad, ya que su imagen quedó desfigurada en el reportaje.