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Intereconomía dice que no se le ha notificado la multa por su spot sobre el Orgullo Gay

Según han publicado numerosos medios esta semana, el Ministerio de Industria ha multado a Intereconomía TV con 100.000 euros por un anuncio sobre el Orgullo Gay en el que se oponía esta celebración a "los 364 días de orgullo de la gente normal y corriente". El grupo de comunicación asegura que no se le ha notificado esta sanción, de la que ha tenido conocimiento "por un teletipo de Efe".

6 jul 2010 l Leída 2.236 veces l 2 min l Compartir noticia
Intereconomía dice que no se le ha notificado la multa por su spot sobre el Orgullo Gay

En una información titulada "El 'lobby' gay y Sebastián quieren amordazar a Intereconomía con 100.000 euros de multa", Intereconomía afirma: "A fecha de hoy este grupo de comunicación no ha recibido constancia escrita de la decisión sancionadora del Ministerio de Industria que dirige Miguel Sebastián".

Según relata el teletipo, el Ministerio considera que el vídeo promocional de Intereconomía atenta contra la ley que establece que “la publicidad televisiva no puede vulnerar el debido respeto a la dignidad de las personas o a sus convicciones religiosas y políticas”, aparte de que “no pueden ser discriminadas por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad y opinión”.

Según el Ministerio de Industria, el anuncio se emitió 273 veces entre el 22 de julio y el 17 de septiembre del pasado año.

Esta decisión administrativa, según la misma información, tiene su origen en una resolución del Consejo Audiovisual de Andalucía fechada el 17 de diciembre de 2009, que resolvió la queja de una ciudadana referida a una cortinilla de Intereconomía sobre el Día del Orgullo Gay que se emitió en una televisión local de Alhamilla TV (Almería). La resolución señaló que “el Consejo Audiovisual de Andalucía no advierte la existencia de un mensaje claramente homofóbico, en el sentido literal de que incluya expresamente un sentido de aversión o de odio hacia el colectivo homosexual”. Así las cosas, el Consejo Audiovisual de Andalucía relata que “el vídeo era un montaje de 20 segundos de duración en la que aparece una imagen fija de una mesa sobre la que van cayendo fotografías que se superponen las unas a las otras como parejas o grupos de homosexuales con obreros trabajando en una zanja, un grupo de amigos o el rostro de dos mujeres que parecen madre e hija”.

La decisión del Consejo Audiovisual de Andalucía consta de un voto particular que muestra la discrepancia con la decisión final. En este sentido, afirma que se trata de “una proposición absurda que no puede entenderse más que en un contexto intencionado políticamente”.

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